Guadalajara, Jalisco — 21 de julio de 2026
En México, la violencia contra las mujeres y las infancias no siempre comienza en las calles. En muchos casos, el peligro se encuentra dentro del propio hogar, donde quienes deberían proteger terminan convirtiéndose en agresores. Sin embargo, cuando las víctimas deciden denunciar, se enfrentan a un segundo obstáculo: un sistema de justicia que, lejos de garantizar su protección, suele estar marcado por omisiones, retrasos y decisiones que profundizan la revictimización.
Ese es el caso de Goretti, una menor de edad cuya madre denuncia que, además del abuso sexual presuntamente cometido por su padre, ha tenido que enfrentar un proceso judicial que durante más de dos años ha minimizado los hechos denunciados y ha impedido que el caso avance conforme a la gravedad de las agresiones.
El 8 de junio de 2024, la madre de Goretti conoció que su hija presuntamente había sido víctima de abuso sexual por parte de su padre, Jesús N. De inmediato solicitó apoyo a la policía, aprovechando que el señalado no se encontraba en el domicilio.
Sin embargo, de acuerdo con su testimonio, los elementos policiales tardaron aproximadamente cuatro horas en llegar. Para entonces, el presunto agresor ya había regresado a la vivienda.
Al arribar, uno de los oficiales únicamente le indicó que recogiera sus pertenencias y abandonara el domicilio porque no podía permanecer cerca de la menor. No obstante, también le expresó una frase que la madre recuerda como el primer acto de minimización institucional:
“Mientras no se comprobara lo contrario, no había delito.”
El presunto agresor no fue detenido. Al enterarse de la denuncia en su contra, renunció a su trabajo e intentó ocultarse en Ensenada, Baja California, según relata la madre.
Posteriormente, una vez que existía una orden para detener al señalado, la madre asegura que la ejecución de la medida enfrentó constantes retrasos. Relata que en varias ocasiones logró ubicar al presunto agresor y notificó a la Policía Investigadora para que acudiera a cumplimentar la orden de aprehensión.
Según su testimonio, en varias ocasiones recibió como respuesta que los agentes ya no se encontraban en horario de servicio o que no realizaban ese tipo de diligencias los sábados. Ante ello, afirma que tuvo que mantener comunicación con el presunto agresor para lograr que permaneciera en un mismo sitio mientras insistía a las autoridades para que acudieran a detenerlo. Finalmente, tras varios intentos, el hombre fue detenido.
La madre considera que esta situación la obligó a realizar acciones que correspondían a las autoridades encargadas de ejecutar la orden judicial.
Posteriormente, la madre acudió a Ciudad Niñez, donde le informaron que la menor sería sometida a dos valoraciones: una psicológica y otra física.
Sin embargo, únicamente se practicó el dictamen psicológico.
Según su testimonio, insistió en que también se realizara la valoración física debido a que desde el inicio señaló que existió copula. Aun así, asegura que el entonces fiscal Sergio Emmanuel Vargas Ramón decidió continuar únicamente con la evidencia disponible.
“Esto es lo que hay, esto es lo que tengo y con esto voy a trabajar”, habría respondido.
Como consecuencia, el dictamen psicológico clasificó los hechos como abuso sexual infantil por tocamientos, dejando fuera la posibilidad de investigar la presunta violación denunciada por la madre.
La mujer sostiene que nunca se le explicó el alcance jurídico de los documentos que firmó y que, confiando en la actuación de las autoridades, aceptó el expediente sin saber que estaba avalando una clasificación penal considerablemente menor.
Incluso, asegura que el fiscal que clasificó su caso como tocamientos le dijo:
“No se preocupe, de todos modos él va a pagar.”
Desde entonces, el expediente ha permanecido clasificado como abuso sexual infantil agravado por tocamientos, pese a que la madre continúa sosteniendo que existió penetración y que diversos elementos posteriores debieron motivar una reclasificación del delito.
La diferencia jurídica es significativa.
Mientras una violación puede alcanzar penas cercanas a 25 años de prisión, la clasificación por tocamientos puede derivar en sanciones cercanas a tres años, dependiendo de las circunstancias del caso.
La propia madre resume esa diferencia con una frase contundente:
“Una violación merece 25 años de cárcel; un tocamiento, solamente tres años. Y tres años no son justos.”


Además, denuncia que posteriormente psicólogas señalaron que las fechas aún eran compatibles con la existencia de evidencia física, pese a que dicho examen nunca fue practicado cuando correspondía.
Durante las comparecencias realizadas ante el Ministerio Público en Puente Grande, el delito era mencionado verbalmente como abuso sexual infantil agravado, pero el expediente seguía haciendo referencia únicamente a los tocamientos.
En la diligencia más reciente, la agente del Ministerio Público Victoria Vázquez informó a la madre que no tenía facultades para modificar esa clasificación.
Según su testimonio, la funcionaria le explicó que:
“El error viene de allá.”
La familia sostiene que, aunque distintas autoridades reconocen que existe un problema en la integración del expediente, ninguna institución asume la responsabilidad de corregirlo.
El proceso judicial también ha estado marcado por constantes demoras.
Una audiencia programada para el 9 de abril fue suspendida porque un representante del Ministerio Público de Ciudad Niñez no acudió.
A ello se suman, según la madre, diversos aplazamientos derivados de cambios de abogados defensores sin documentación actualizada, ausencia de representantes institucionales y falta de coordinación entre Ciudad Niñez, el Ministerio Público y Ciencias Forenses.
Hasta ahora no existe una fecha para la siguiente audiencia.
Actualmente el caso permanece a cargo de la jueza Susana Azzaid Flores, del Juzgado de Tratamiento a Menores en Puente Grande, y continúa a la espera del resultado de un nuevo dictamen psicológico cuya entrega podría tardar entre quince días y un mes.
Uno de los aspectos que más preocupa a la familia es que el proceso parece concentrarse en la actualización de la reparación del daño, más que en corregir la clasificación jurídica del delito.
Inicialmente, la indemnización fue calculada en aproximadamente 20 mil 800 pesos.
Posteriormente aumentó a 30 mil 800 pesos, debido a que la menor continúa recibiendo atención psicológica.
Con el nuevo peritaje se pretende actualizar nuevamente esa cantidad.
Sin embargo, la madre rechaza que la discusión principal sea el monto económico.
“Yo no quiero dinero, yo quiero justicia.”
Incluso cuestiona que seis años de abuso sexual puedan traducirse únicamente en una cantidad económica que, desde su perspectiva, resulta insuficiente frente al daño ocasionado.
Asimismo, la madre sostiene que la práctica reiterada de nuevos dictámenes psicológicos ha significado una forma de revictimización para su hija, quien actualmente tiene 14 años. Explica que cada nueva evaluación obliga a la menor a revivir los hechos y narrar nuevamente las agresiones sufridas ante distintos especialistas.
De acuerdo con su testimonio, la propia niña ha manifestado el desgaste emocional que esto le provoca, al expresar que, si debía someterse nuevamente a otro peritaje, prefería ya no continuar con la denuncia porque resulta demasiado doloroso volver a recordar lo ocurrido.
Para la familia, esta situación evidencia que, lejos de proteger a las víctimas, la repetición de peritajes puede convertirse en una nueva carga emocional para niñas, niños y adolescentes que han sobrevivido a la violencia sexual.
El caso de Goretti evidencia una serie de problemáticas que organizaciones y especialistas han señalado de manera recurrente en los procesos de investigación por violencia sexual contra niñas, niños y adolescentes:
•⁠ ⁠Respuestas policiales tardías que comprometen la protección inmediata de las víctimas.
•⁠ ⁠Falta de diligencia para localizar y detener a los presuntos agresores.
•⁠ ⁠Omisiones en la práctica de peritajes fundamentales para acreditar los hechos.
•⁠ ⁠Reclasificaciones que reducen la gravedad de los delitos denunciados.
•⁠ ⁠Falta de coordinación entre instituciones encargadas de investigar.
•⁠ ⁠Suspensión y retraso de audiencias derivados de problemas administrativos y falta de coordinación institucional.
•⁠ ⁠Revictimización derivada de la repetición de peritajes psicológicos que obligan a las víctimas a revivir los hechos denunciados.
•⁠ ⁠Procesos que priorizan la reparación económica sobre el esclarecimiento penal de los hechos.
Para la madre de Goretti, el paso del tiempo no ha significado un mayor acceso a la justicia, sino una sucesión de obstáculos institucionales que, asegura, han terminado favoreciendo al presunto agresor.
Su exigencia permanece intacta desde el primer día: que el caso sea investigado conforme a los hechos denunciados y que la violencia sufrida por su hija no sea reducida a una clasificación distinta.
Su historia también ocurre en un contexto preocupante. De acuerdo con el Instituto de Información Estadística y Geográfica de Jalisco (IIEG), en un informe publicado en diciembre de 2025, Jalisco se ubicó entre las entidades con mayor índice de victimización de mujeres en el país.
Mientras el expediente continúa sin una resolución definitiva, el caso de Goretti deja una pregunta que trasciende una sola carpeta de investigación:
¿Hasta cuándo las omisiones, la burocracia y la revictimización seguirán siendo parte del camino que deben recorrer quienes buscan justicia por la violencia sexual contra niñas y adolescentes?
— Dirección General de Revista Para Esto!
— La Lucha Continúa!
Lily Galarza

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